HERENCIA EN MÁLAGA
 

ABOGADOS ESPECIALISTAS EN HERENCIAS EN MÁLAGA

 

 

Las herencias en España están reguladas principalmente por el Código Civil, aunque hay particularidades en algunas comunidades autónomas con derecho foral propio (como Cataluña, País Vasco, Navarra, Aragón, Galicia, y las Islas Baleares) que pueden tener normativas específicas. A continuación, se detalla el proceso y los aspectos más relevantes sobre las herencias en España:

1. Legislación Aplicable:

Código Civil: Regula la mayoría de los aspectos relacionados con las herencias en España.
Derecho Foral: Algunas comunidades autónomas tienen normativas específicas que pueden modificar aspectos del Código Civil, especialmente en lo referente a la legítima y la libertad de testar.

2. Testamento:

Testamento Ológrafo: Escrito a mano por el testador, firmado y fechado. Debe ser protocolizado tras la muerte.
Testamento Abierto: Se otorga ante notario, que conserva una copia y lo inscribe en el Registro General de Actos de Última Voluntad.
Testamento Cerrado: El testador lo entrega al notario en sobre cerrado. El contenido es secreto hasta después de la muerte.
Libertad de Testar: En España, el testador puede disponer libremente solo de una parte de su patrimonio, ya que una parte (la legítima) está reservada para determinados herederos.

3. La Legítima:


La legítima es la parte de la herencia que, por ley, corresponde a ciertos herederos forzosos (descendientes, ascendientes y, en algunos casos, el cónyuge).
Descendientes: Los hijos tienen derecho a dos tercios de la herencia. De estos dos tercios, uno se divide a partes iguales entre los hijos (legítima estricta), y el otro tercio puede ser distribuido según la voluntad del testador, aunque debe beneficiar a los hijos o descendientes (mejora).
Ascendientes: Si no hay descendientes, los padres tienen derecho a la mitad de la herencia.
Cónyuge: Si no hay descendientes ni ascendientes, el cónyuge viudo tiene derecho a una parte de la herencia, que varía dependiendo de la existencia de otros herederos colaterales.

4. Sucesión Intestada:


Ocurre cuando una persona fallece sin dejar testamento. En este caso, la ley determina quiénes son los herederos y cómo se distribuyen los bienes.
Orden de Sucesión: Los herederos se determinan en el siguiente orden: descendientes, ascendientes, cónyuge, colaterales (hermanos, sobrinos), y finalmente, el Estado si no hay otros herederos.

5. Aceptación y Renuncia de la Herencia:


Aceptación Pura y Simple: El heredero acepta la herencia incluyendo todas las deudas y obligaciones del fallecido.
Aceptación a Beneficio de Inventario: El heredero acepta la herencia, pero solo responderá de las deudas del fallecido con los bienes de la herencia, no con su propio patrimonio.
Renuncia: El heredero puede renunciar a la herencia, en cuyo caso su parte se distribuirá entre los demás herederos según la ley.

6. Impuestos sobre la Herencia:


Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Este impuesto debe pagarse en la comunidad autónoma donde el fallecido tenía su residencia habitual. El tipo impositivo varía considerablemente entre comunidades, y hay numerosas bonificaciones y exenciones.
Plusvalía Municipal: También conocida como el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, se paga cuando se hereda un inmueble.

7. Distribución de la Herencia:


Cuaderno Particional: Es el documento en el que se detalla cómo se van a repartir los bienes entre los herederos. Puede ser necesario llegar a un acuerdo entre los herederos o, si no es posible, recurrir a la intervención judicial para dividir la herencia.

8. Conflictos Hereditarios:


Impugnación de Testamentos: Los herederos pueden impugnar un testamento si consideran que no se ha respetado la ley, por ejemplo, en cuanto a la legítima o si hay sospechas de vicios del consentimiento (coacción, fraude).
Partición Judicial: Si los herederos no se ponen de acuerdo en la distribución de la herencia, pueden solicitar la intervención judicial para que un juez realice la partición.
En resumen, el proceso de herencia en España puede ser complejo y variado dependiendo de la existencia de un testamento, las leyes aplicables, y la voluntad del fallecido. Es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado para asegurar que se respeten los derechos de los herederos y se cumplan las disposiciones legales.